INTRODUCCIÓN
El presente documento recoge la información que las entidades deben facilitar a los usuarios de servicios de pago, con carácter previo a la emisión de una orden de pago, de conformidad con lo previsto en la Orden ECE/1263/2019, de 26 de diciembre sobre transparencia de las condiciones y requisitos de información aplicables a los servicios de pago y por la que se modifica la Orden ECO/734/2004, de 11 de marzo, sobre los departamentos y servicios de atención al cliente y el defensor del cliente de las entidades financieras, y la Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre, de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios y la Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre, sobre transparencia y protección del cliente de servicios bancarios. Asimismo, en el presente documento también se regulan los derechos y obligaciones esenciales de los usuarios del servicio de envío de dinero, de conformidad con lo previsto en el Real Decreto-ley 19/2018, de 23 de noviembre, de servicios de pago y otras medidas urgentes en materia financiera. PAYMENT KIT S.L. (en adelante denominada PAYMENT KIT) es una entidad acogida al régimen de exención de autorización establecido en el artículo 14 del Real Decreto-Ley 19/2018, de 23 de noviembre, de servicios de pago y otras medidas urgentes en materia financiera (“RDL 19/2018”), para la prestación del servicio de envío de dinero previsto en el artículo 1.2.f del RDL 19/2018. PAYMENT KIT está sujeta al régimen de inscripción separada en el Registro Especial de entidades de pago del Banco de España acogidas al régimen de exención establecido en el art. 14 RDL 19/2018, con el número de codificación 6933, de conformidad con lo establecido en el artículo 4 del Real Decreto 736/2019, de 20 de diciembre, de régimen jurídico de los servicios de pago y de las entidades de pago y por el que se modifican el Real Decreto 778/2012, de 4 de mayo, de régimen jurídico de las entidades de dinero electrónico, y el Real Decreto 84/2015, de 13 de febrero, por el que se desarrolla la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito (en adelante, “RD 736/2019”).
INFORMACIÓN QUE EL CLIENTE DEBERÁ FACILITAR A PAYMENT KIT Y PROCEDIMIENTO DE EMISIÓN DE ÓRDENES DE ENVÍO DE DINERO
PAYMENT KIT aceptará órdenes de envío de dinero emitidas por el cliente tanto a través de sus locales abiertos al público como a través de la plataforma alojada en la 2 página web de PAYMENT KIT, www.tsgpagos.com, cuya ejecución se regirá con arreglo a lo previsto en el siguiente procedimiento:
1.1. Operaciones de pago presenciales
El cliente (también denominado “ordenante”) podrá emitir sus órdenes de envío de
dinero a través de las oficinas abiertas al público en Madrid y en las comunidades
autónomas de Barcelona, Andalucía, Valencia, Galicia y las Islas Canarias. Para la
emisión de una orden de envío de dinero, el cliente debe facilitar la siguiente
información:
a) Datos relativos al ordenante: nombre, apellidos, número del
documento de
identificación válido, dirección, teléfono, actividad económica, profesional o
empresarial, concepto por el que se realiza el envío de dinero, e importe a enviar
en euros o, en su caso, en divisa. Los documentos de identificación válidos son
los siguientes:
- DNI
- Tarjeta de residencia.
- Tarjeta de Identidad de Extranjero.
- Pasaporte (exclusivamente para extranjeros).
- Carta o tarjeta oficial de identidad personal expedida por las autoridades de
origen (exclusivamente para ciudadanos de la Unión Europea o del Espacio
Económico Europeo).
- Documento de identidad expedido por el Ministerio de Asuntos Exteriores y
de Cooperación español (exclusivamente para el personal de las
representaciones diplomáticas y consulares de terceros países en España).
- Documento nacional de identidad con garantías de autenticidad que
incorpore fotografía, expedido por una autoridad gubernamental del país de
origen.
b) El ordenante deberá mostrar el documento de identificación
original y vigente.
Si el ordenante actúa en nombre de otra persona deberá facilitar la anterior
información respecto de dicha persona, además de aportar un documento que
acredite el poder del representante. El cliente, además, debe cumplimentar y
firmar la ficha de cliente que le será facilitada por PAYMENT KIT y aportar,
cuando le sea requerido por la compañía, documentación acreditativa de su
actividad profesional o empresarial, así como en su caso de la procedencia de
los fondos.
En caso de clientes que ordenen transferencias con el exterior cuyo importe, bien
singular, bien acumulado en cada trimestre natural, supere los 3.000€ deberán
cumplimentar el formulario que les facilita PAYMENT KIT y aportar ladocumentación necesaria para
justificar la actividad profesional o empresarial,
así como en su caso la procedencia de los fondos. Asimismo, en dichos
supuestos, deberán aportar un justificante de residencia reciente en España (con
una antigüedad inferior a tres meses), cuando en el documento de identificación
exhibido conste un domicilio en el extranjero. Se pueden dar dos casos:
- Que el justificante de residencia esté a nombre del propio cliente,
(cliente, (recibo de la luz, certificado de empadronamiento,
documentación fiscal, recibo de alquiler etc.)
- Que el justificante de residencia esté a nombre de un tercero y el cliente
reside en su vivienda con su consentimiento. En este caso, se deberá
aportar el justificante de residencia a nombre del tercero, autorización
firmada por el mismo permitiendo la residencia del cliente en la vivienda
de la que es titular, y un documento de identidad válido de entre los
admitidos como válidos por PAYMEN KIT.
c) A continuación, el cliente facilitará al operador los datos
identificativos del
beneficiario (o, en su caso, del beneficiario/titular de la Giftcard o de la Tarjeta
Omega) y los demás datos de la orden de envío de dinero: nombre, apellidos,
teléfono de contacto, dirección completa, relación o vínculo con el ordenante,
población, país de destino, importe en euros, la divisa de destino, método de
pago para proveer los fondos a PAYMENT KIT (efectivo o ingreso en cuenta
de la entidad) y modalidad de entrega de los fondos al beneficiario:
- Pagos en Venezuela: (i) recarga de “Giftcard” en dólares
estadounidenses (USD), (ii) recarga de Tarjeta Omega en bolívares (Bs)
o en dólares estadounidenses (USD) (iii) abono en cuenta bancaria del
beneficiario en bolívares (Bs).
- Pagos en otros destinos: (i) Abono en cuenta bancaria del beneficiario,
(ii) pago en efectivo en oficinas de la entidad corresponsal, o (iii) pago
en efectivo en el domicilio del beneficiario.
- PAYMENT KIT no será responsable de la ejecución defectuosa o no
ejecución de una operación de pago cuando la información facilitada por
el cliente respecto a los datos del beneficiario (o, en su caso, del
beneficiario/titular de la Giftcard o de la Tarjeta Omega) sea incorrecta.
d) El operador de PAYMEN KIT facilitará al cliente los datos de la orden de envío de dinero, incluyendo importe a pagar al beneficiario en divisa, comisión y tipo de cambio aplicado
e)
A continuación, el ordenante deberá proveer al operador los
fondos de la orden
de envío de dinero, entre las siguientes opciones habilitadas:
Pago en efectivo: el cliente abonará los fondos en efectivo al operador
de la oficina de PAYMENT KIT.
- Pago con tarjeta de débito o crédito: el cliente deberá acercar la tarjeta al
TPV físico (datáfono), proveído por la entidad bancaria de PAYMENT
KIT. A través del TPV físico, el cliente podrá emitir la correspondiente
autorización a la entidad emisora de la tarjeta para el pago a PAYMENT
KIT del importe de la provisión de fondos, que incluye el importe en
euros de la orden de envío de dinero, más la comisión aplicada.
- Ingreso en la cuenta bancaria PAYMENT KIT: el cliente deberá efectuar
el ingreso del importe de la provisión de fondos en la cuenta bancaria de
PAYMENT KIT no más tarde del día laborable bancario siguiente, que
incluye el importe en euros de la orden de envío de dinero, más la
comisión aplicada, indicando en el concepto del ingreso el número de
referencia asignado a la operación. Posteriormente, deberá acceder de
nuevo a su área de cliente en la Web Payment Kit, seleccionar la orden
de envío de dinero categorizada con “pago pendiente” y adjuntar el
justificante del ingreso bancario.
f) El operador de PAYMENT KIT entregará al cliente el documento de liquidación de la operación, que el operador deberá imprimir, con objeto de que el cliente lo firme y reciba una copia del mismo
1.2. Operaciones de pago no presenciales a través de la web de PAYMENT KIT www.tsgpagos.com
a) El cliente deberá registrarse a través en la página web de PAYMENT KIT, www.tsgpagos.com, facilitando a tal fin la información requerida en los campos obligatorios: nombre, apellidos, país de residencia, país de nacimiento, fecha de nacimiento, teléfono móvil, y dirección de e-mail. Acto seguido, se le solicita la creación de una contraseña. Una vez registrado, se le enviará un e-mail con un link que permitirá verificar la dirección de correo electrónico facilitada con el fin de activar la cuenta. Seguidamente, el cliente podrá acceder a su área personal dónde se le requerirá cumplimentar datos adicionales: dirección completa, ocupación e ingresos mensuales. Asimismo, deberá consignar los datos relativos al documento de identidad, nacionalidad, tipo de documento, número de documento, fecha de emisión, caducidad y lugar de emisión.
b) El registro requerirá responder a una serie de preguntas relativas a Personas con Responsabilidad Pública (PRP) y al titular real.
c)
Para que el registro sea válido además de cumplimentar los datos, el cliente
deberá aportar un documento de identidad válido por cualquiera de estas vías:
- Adjuntando el documento de identidad durante el procedimiento de registro.
- Enviando copia del documento de identidad a la siguiente dirección de
correo electrónico: registrokyc@tasgpagos.com
Los documentos de identificación válidos para personas físicas son los
siguientes:
- DNI
- Tarjeta de residencia.
- Tarjeta de Identidad de Extranjero.
- Pasaporte (exclusivamente para extranjeros).
- Carta o tarjeta oficial de identidad personal expedida por las autoridades
de origen (exclusivamente para ciudadanos de la Unión Europea o del
Espacio Económico Europeo).
- Documento de identidad expedido por el Ministerio de Asuntos Exteriores
y de Cooperación español (exclusivamente para el personal de las
representaciones diplomáticas y consulares de terceros países en
España).
- Documento nacional de identidad con garantías de autenticidad que
incorpore fotografía, expedido por una autoridad gubernamental del país
de origen.
d)
El cliente, además, deberá aportar un justificante de residencia reciente en
España (con una antigüedad inferior a tres meses), cuando este realice
operaciones cuyo importe, bien singular, bien acumulado en cada trimestre
natural, supere los 3.000 euros y en el documento de identificación exhibido
conste un domicilio en el extranjero. Se pueden dar dos supuestos:
- Que el justificante de residencia esté a nombre del propio cliente, (cliente,
(recibo de la luz, certificado de empadronamiento, documentación fiscal,
recibo de alquiler etc.)
- Que el justificante de residencia esté a nombre de un tercero y el cliente
reside en su vivienda con su consentimiento. En este caso, se deberá
aportar el justificante de residencia a nombre del tercero, autorización
firmada por el mismo permitiendo la residencia del cliente en la vivienda
de la que es titular, y un documento de identidad válido de entre los
admitidos como válidos por PAYMENT KIT.
Asimismo, en caso de clientes que ordenen transferencias con el exterior cuyo
importe, bien singular, bien acumulado en cada trimestre natural, supere los
3.000€, deberán cumplimentar el formulario que les facilita PAYMENT KIT y
aportar la documentación necesaria para justificar la actividad profesional o
empresarial, así como en su caso la procedencia de los fondos.
A partir de la recepción de los documentos acreditativos de la identidad,
PAYMENT KIT revisará la información facilitada en el proceso de registro
junto con el documento de identidad y si todo es correcto se aprobará el alta del
cliente. PAYMENT KIT confirmará el alta al cliente mediante el envío de un email para que pueda comenzar
a ordenar envíos de dinero. Asimismo,
PAYMENT KIT podrá solicitar documentación adicional referente a su
actividad profesional o empresarial, así como en su caso de la procedencia de
los fondos, e incluso bloquear el perfil del cliente, en el caso de que aprecie
situaciones de riesgo.
e)
Con carácter previo a la emisión de una orden de envío de dinero, el cliente
deberá acceder a su área privada y seleccionar la opción “Enviar dinero” dónde
se le requerirá para que introduzca los datos de la orden de envío: el país de
origen, la divisa de origen, los datos del beneficiario (o, en su caso, del
beneficiario/titular de la Giftcard o de la Tarjeta Omega) -nombre, apellidos,
teléfono de contacto, dirección completa, relación o vínculo con el ordenante y
población- país de destino, el método de pago para proveer a PAYMENT KIT
los fondos de la operación de envío de dinero, entre las opciones disponibles,
importe a enviar en euros o a recibir por el beneficiario en la divisa del país de
destino y la modalidad de abono en destino:
- Pagos en Venezuela: (i) recarga de “Giftcard” en dólares
estadounidenses (USD), (ii) recarga de Tarjeta Omega en bolívares (Bs)
o en dólares estadounidenses (USD) (iii) abono en cuenta bancaria del
beneficiario en bolívares.
- Pagos en otros destinos: (i) Abono en cuenta bancaria del beneficiario,
(ii) pago en efectivo en oficinas de la entidad corresponsal, o (iii) pago
en efectivo en el domicilio del beneficiario.
g) El Cliente también puede generar y añadir “beneficiarios de confianza” cumplimentando los datos de dichos beneficiarios, tras lo que se aplicará autenticación reforzada al cliente, enviándole una clave de un único uso (“OTP”) por SMS a su teléfono móvil, que el cliente deberá introducir. En el caso de tener un beneficiario ya creado solo deberá elegirlo al emitir la orden de envío de dinero. Los campos de la orden se cumplimentarán automáticamente y el cliente sólo deberá introducir el importe a enviar en euros o a recibir por el beneficiario en la divisa del país de destino.
h) En ese momento se mostrarán todos los datos de la operación: datos del ordenante, datos del beneficiario (o, en su caso, del beneficiario/titular de la Giftcard o de la Tarjeta Omega), comisión y el tipo de cambio aplicados, importe a entregar en euros importe en divisa que recibirá el beneficiario y modalidad de entrega escogida. Si el cliente está conforme con los datos de la operación, deberá seleccionar la opción “aceptar” para acceder a la “fase de pago”, en la que el cliente deberá entregar a PAYMENT KIT los fondos en euros correspondientes a la operación de envío de dinero.
i) De manera previa a la fase de pago, se pondrá a disposición del cliente el documento de condiciones generales aplicables al servicio de envío de dinero ofrecido por PAYMENT KIT y el documento de privacidad que el cliente deberá aceptar expresamente seleccionando la opción “aceptar” para poder proseguir con la emisión de la orden de envío de dinero.
j) En ese momento, PAYMENT KIT generará una clave aleatoria de un único uso (OTP) que remitirá al cliente vía SMS y que el cliente utilizará para autenticarse, permitiéndole acceder a la fase de pago y continuar con la operación.
k)
En este momento, se inicia la “fase de pago”. El cliente deberá seleccionar el
método escogido para proveer a PAYMENT KIT los fondos correspondientes a
la operación de envío de dinero, entre las siguientes opciones habilitadas:
- Tarjeta Débito/Crédito: El cliente deberá introducir los datos de su tarjeta
(titular, número de tarjeta, caducidad y código de seguridad (CVV)) en
el TPV virtual integrado en la Web Payment Kit / TSG Pagos, y autorizar
la operación de pago con tarjeta conforme a los requisitos exigidos por
la entidad emisora de la tarjeta del cliente.
- Transferencia bancaria: El sistema le indicará los datos bancarios de
PAYMENT KIT para que pueda ordenar a su banco la transferencia del
importe de la provisión de fondos a PAYMENT KIT, que incluye el
importe en euros de la orden de envío de dinero, más la comisión
aplicada.
- Ingreso en efectivo en la cuenta bancaria de PAYMENT KIT: el cliente
deberá efectuar el ingreso del importe de la provisión de fondos en la
cuenta bancaria de PAYMENT KIT no más tarde del día laborable
bancario siguiente, que incluye el importe en euros de la orden de envío
de dinero, más la comisión aplicada, indicando en el concepto del ingreso
el número de referencia asignado a la operación. Posteriormente, deberá
acceder de nuevo a su área de cliente en la Web Payment Kit, seleccionar
la orden de envío de dinero categorizada con “pago pendiente” y adjuntar
el justificante del ingreso bancario.
Si se trata del primer envío de dinero realizado por el cliente, sólo se admitirá
dicha entrega de fondos mediante transferencia bancaria.
l) El cliente podrá consultar todos los datos de su operación y el estado en que se encuentra su envío de dinero en el apartado “Histórico” de su área privada. Incluso podrá comunicar cualquier incidencia en relación con la operación realizada.
1.3. Pago de operaciones de envío de dinero en Venezuela para la recarga de Tarjeta regalo “Giftcard” de MULTIMAX y Grupo CLX y de Tarjeta prepago OMEGA
a)
Las Tarjetas regalo o “Giftcards” están emitidas por las cadenas de
establecimientos venezolanas “MULTIMAX” o “Grupo CLX” a favor de los
beneficiarios o titulares en Venezuela.
Las órdenes de envío de dinero destinadas a la recarga de estas tarjetas
únicamente podrán emitirse en dólares estadounidenses (USD) y los
beneficiarios de estas órdenes de envío de dinero serán las entidades venezolanas
emisoras de estas tarjetas, MULTIMAX, C.A. (“MULTIMAX”) y CLX
SAMSUNG, C.A. (“Grupo CLX”).
MULTIMAX y Grupo CLX efectuarán la recarga de la Tarjeta regalo en el
mismo día hábil en el que reciban los fondos destinados a la recarga, informando
inmediatamente al titular de la Giftcard de la recarga y de la disponibilidad del
saldo.
El titular de la Giftcard podrá utilizar su tarjeta después (i) para realizar la
compra de productos específicos, exclusivamente en los establecimientos de las
cadenas venezolanas “Grupo CLX” y “MULTIMAX”, o bien (ii) para solicitar
en estos establecimientos la entrega en efectivo, en dólares estadounidenses
(USD), del saldo recargado, todo ello de conformidad con el régimen que tenga
convenido con MULTIMAX o Grupo CLX para el uso de la tarjeta regalo.
b)
Las Tarjetas prepago OMEGA están emitidas por la entidad bancaria venezolana
BANCO NACIONAL DE CREDITO, con la marca de la empresa venezolana
“OMEGA”, a favor de los titulares en Venezuela.
Las órdenes de envío de dinero destinadas a la recarga de las Tarjetas Omega
podrán emitirse en bolívares (Bs) o en dólares estadounidenses (USD) y el
beneficiario de estas órdenes de envío de dinero será la entidad venezolana
OMEGA CAPITAL C.A. (“OMEGA”),
OMEGA efectuará la recarga de la Tarjeta Omega en el mismo día hábil en el
que reciba los fondos destinados a la recarga, informando inmediatamente al
titular de la Tarjeta Omega de la recarga y de la disponibilidad del saldo.
Las Tarjetas Omega están vinculadas a la marca de tarjetas “Maestro”, para
permitir su uso en los establecimientos que acepten las tarjetas vinculadas a esta
marca como medio de pago.
Los titulares de la Tarjeta Omega podrán disponer del saldo recargado en la
misma de conformidad con el régimen que tengan convenido con la entidad
emisora para el uso de la Tarjeta Omega.
2. COMISIONES Y GASTOS QUE EL CLIENTE DEBE ABONAR POR EL SERVICIO DE ENVÍO DE DINERO.
El ordenante deberá abonar a PAYMENT KIT por la prestación del servicio de envío de dinero únicamente una comisión. Las comisiones que PAYMENTK KIT aplica al ordenante por la prestación del servicio de envío de dinero se describen el Anexo I. PAYMENT KIT no repercutirá ni al ordenante ni al beneficiario ningún gasto adicional por la prestación del servicio de envío de dinero. El pago de las comisiones correrá a cargo del ordenante de las mismas, sin que éste pueda repercutir, ni total ni parcialmente, nada al beneficiario. PAYMENT KIT no repercutirá ni al remitente ni al beneficiario ningún gasto derivado de la gestión de la transferencia.
3. TIPOS DE CAMBIO APLICADOS.
En el caso de que el importe de la orden de envío de dinero deba abonarse en divisa distinta de la de la entrega de los fondos, el tipo de cambio utilizado en la conversión se mostrará al cliente, junto con el resto de los datos de la orden de envío de dinero, antes de acceder a la “fase de pago”, con objeto de que el cliente lo conozca previamente y muestre su conformidad. Así mismo, estarán disponibles en el tablón de anuncios existente en cada local de PAYMENT KIT y en la página web de la compañía (www.tsgpagos.com) mediante un vínculo en la ventana de inicio del proceso de envío de dinero. En todo caso, el tipo de cambio se comunicará al cliente con carácter previo a la realización de la orden de envío de dinero.
4. AUTORIZACIÓN POR EL ORDENANTE Y RECEPCIÓN POR PAYMENT KIT DE LA OPERACIÓN DE ENVÍO DE DINERO
Las órdenes de envío de dinero se considerarán autorizadas por el ordenante cuando (i)
éste haya dado el consentimiento para su ejecución, lo que sucederá en el momento en
el que éste seleccione la opción “aceptar” tras completar el proceso de emisión de la
orden de envío de dinero, en el caso de que las operaciones de pago no presenciales a
través de la página web; (ii) o en el caso de las operaciones presenciales en las oficinas de PAYMENT
KIT, cuando el cliente firme el documento de liquidación de la operación
de pago, previa entrega a PAYMENT KIT del importe de la orden de envío de dinero y
una vez haya facilitado toda la información y documentación solicitada por la compañía,
así como cumplimentado los formularios requeridos a tal fin.
Las operaciones de pago se entenderán recibidas por PAYMENT KIT a efectos de
iniciar su ejecución en los siguientes momentos, dependiendo de método escogido por
el cliente para entregar a PAYMENT KIT los fondos correspondientes a la orden de
envío de dinero:
(i) En el caso de entrega de los fondos en efectivo en la
oficina de PAYMENT
KIT, la operación de pago se entenderá recibida por PAYMENT KIT en el
momento en el que el cliente firme el documento de liquidación de la
operación de pago.
(ii) En el caso de pago con tarjeta, en el momento en el que
PAYMENT KIT
reciba a través del TPV físico o virtual la confirmación de la autorización de
la operación de pago con tarjeta por parte de la entidad emisora de la misma.
(iii) En el caso tanto transferencia bancaria como de ingreso en
efectivo en la
cuenta bancaria de PAYMENT KIT, en el momento en el que PAYMENT
KIT haya comprobado el abono en su cuenta bancaria de la provisión de los
fondos correspondiente a la orden de envío de dinero.
5. REVOCACIÓN Y RECHAZO DE LA OPERACIÓN DE ENVÍO DE DINERO
El cliente no podrá revocar una orden de envío de dinero después de ser recibida por
PAYMENT KIT, salvo que el cliente y PAYMENT KIT acuerden lo contrario, de
conformidad con lo previsto en el artículo 52, apartados 1 y 5, del Real Decreto-ley
19/2018, de 23 de noviembre, de servicios de pago y otras medidas urgentes en materia
financiera.
PAYMENT KIT podrá rechazar la ejecución de una orden de envío de dinero, en los
términos previstos en el artículo 51 del Real Decreto-ley 19/2018, de 23 de noviembre,
de servicios de pago y otras medidas urgentes en materia financiera, notificando al
cliente dicha negativa y, en lo posible, los motivos de la misma, así como el
procedimiento para rectificar los posibles errores de hecho que la hayan motivado, salvo
que otra norma prohíba tal notificación.
En el caso de que el cliente haya optado por entregar a PAYMENT KIT los fondos
correspondientes a la orden de envío de dinero mediante ingreso en efectivo en la cuenta
bancaria de PAYMENT KIT, si transcurrido un día laborable bancario desde la emisión
de la orden de envío de dinero el ordenante no hubiera efectuado el ingreso en la cuenta
bancaria de PAYMENT KIT, la orden de envío de dinero será rechazada.
En caso de que PAYMENT KIT rechace la ejecución de una orden de envío de dinero,
ésta devolverá los fondos al cliente en el día hábil posterior al momento del rechazo utilizando el
mismo medio por el cual PAYMENT KIT recibió los fondos, salvo que
por imperativo legal no pueda realizar tal reembolso
6. PLAZO MÁXIMO DE EJECUCIÓN DE LA OPERACIÓN DE PAGO
El importe de la operación de pago se abonará al beneficiario en el plazo más breve
posible desde el momento de la recepción de la orden de envío de dinero por PAYMENT
KIT, dependiendo de las entidades corresponsales que puedan intervenir en la ejecución
del pago.
Las operaciones de envío de dinero para el pago al beneficiario en Venezuela se
abonarán en el plazo de 12 h. a 48 h. desde la recepción de la orden de pago por parte
de Payment Kit, dependiendo de los tiempos de procesamiento de las transferencias por
parte de los bancos venezolanos.
7. NO EJECUCIÓN O EJECUCIÓN DEFECTUOSA DE UNA OPERACIÓN DE PAGO
PAYMENT KIT será responsable frente al ordenante de la correcta ejecución de la
operación de pago recibida de éste hasta el momento en que su importe se abone al
beneficiario, salvo que la información facilitada por el ordenante para la ejecución de la
orden de envío de dinero a que se refiere el apartado 1) fuese incorrecta, en cuyo caso
PAYMENT KIT no será responsable de la no ejecución o de la ejecución defectuosa de
la operación de pago. No obstante, PAYMENT KIT hará esfuerzos razonables por
recuperar los fondos de la operación de pago.
En el caso de órdenes de envío de dinero no ejecutadas o ejecutadas defectuosamente,
cuando PAYMENT KIT sea responsable ante el cliente con arreglo a lo indicado en el
párrafo anterior, PAYMENT KIT devolverá sin demora injustificada al cliente la
cantidad correspondiente a la operación de pago, por el mismo medio por el cual
PAYMENT KIT recibió los fondos.
En todo caso, PAYMENT KIT tratará de averiguar inmediatamente, previa petición y
con independencia de su responsabilidad, los datos relativos a la operación de pago y
notificará al ordenante los resultados.
8. RESPONSABILIDAD DEL ORDENANTE EN CASO DE OPERACIONES DE PAGO NO AUTORIZADAS.
El ordenante soportará todas las pérdidas derivadas de operaciones de pago no autorizadas si el ordenante ha incurrido en tales pérdidas por haber actuado de manera fraudulenta o por haber incumplido, deliberadamente o por negligencia grave, una o varias de las obligaciones que establece las presentes condiciones generales. En todo caso, PAYMENT KIT tratará de averiguar inmediatamente, previa petición y con independencia de su responsabilidad, los datos relativos a la operación de pago y notificará al ordenante los resultados.
9. PROCEDIMIENTOS DE RECLAMACIÓN A DISPOSICIÓN DEL CLIENTE
9.1 SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE (SAC)PAYMENT KIT dispone de un Servicio de Atención al Cliente, de conformidad con las obligaciones previstas en la Orden ECO/734/2004, de 11 de marzo, sobre los Departamentos y Servicios de Atención al Cliente y el Defensor del Cliente de las Entidades Financieras, cuya finalidad es atender y resolver tanto las quejas como las reclamaciones que formulen los clientes de la entidad. Los datos de contacto del SAC son los siguientes:
PAYMENT KIT S.L.
Paseo de la Castellana, 171 - 3º izda., 28046 Madrid.
e-mail: atc@tsgpagos.com
El Servicio de Atención al Cliente resolverá las quejas y reclamaciones presentadas en el plazo de 15 días hábiles desde su presentación. En situaciones excepcionales, si por razones ajenas a la voluntad de PAYMENT KIT no puede ofrecerse una respuesta en el plazo de quince días hábiles, PAYMNET KIT enviará dentro de este plazo una respuesta provisional, en la que indique claramente los motivos del retraso de la contestación a la reclamación y especifique el plazo en el cual el cliente recibirá la respuesta definitiva. En cualquier caso, el plazo para la recepción de la respuesta definitiva no excederá de un mes. El procedimiento para la resolución de quejas y reclamaciones se describe en el Reglamento de funcionamiento del Servicio de Atención al Cliente, que se encuentra a disposición de los clientes en la página web de PAYMNET KIT, www.tsgpagos.com, y del Banco de España (www.bde.es).
9.2 RECLAMACIÓN ANTE EL DEPARTAMENTO DE CONDUCTA DE ENTIDADES DEL BANCO DE ESPAÑA
En el caso de que la reclamación presentada ante el Servicio de Atención del Cliente de la compañía fuese desestimada o bien hubiera transcurrido el plazo de quince días para resolver sin que el citado Servicio de Atención al Cliente hubiera contestado, el cliente 13 podrá presentar su reclamación ante el Departamento de Conducta de Entidades del Banco de España:
BANCO DE ESPAÑA
Departamento de Conducta de Entidades
C/ Alcalá 48, 28014 Madrid
900 54 54 54 / 91 338 8830
https://sedeelectronica.bde.es/sede/es/menu/tramites/reclamaciones-y-/reclamaciones-transparencia-buenas-practicas-p104.html
10. INFORMACIÓN PARA EL ORDENANTE TRAS LA RECEPCIÓN POR PAYMENT KIT DE LA ORDEN DE ENVÍO DE DINERO
Inmediatamente después de la recepción de la orden de pago, PAYMENT KIT facilitará
o pondrá a disposición del ordenante la información que se indica a continuación,
mediante la entrega de un documento de liquidación de la operación de envío de dinero
en papel o mediante puesta a disposición del cliente del documento de liquidación en el
área privada de la página web de PAYMENT KIT para su descarga e impresión:
- Un número de referencia que permita identificar la orden de envío de dinero.
- El importe de la orden de envío de dinero en la moneda utilizada en dicha
orden euros.
- La cantidad total correspondiente a la comisión y, en su caso, los gastos de
la operación de envío de dinero que debe abonar el ordenante, con un
desglose de los mismos, en su caso.
- El tipo de cambio utilizado en la operación y el importe que se abonará al
beneficiario en la divisa indicada por el ordenante.
- La modalidad de entrega de los fondos al beneficiario escogida por el
ordenante.
- La fecha de la recepción de la orden de envío de dinero.
11. INFORMACION ADICIONAL
11.1 DEFINICIONESa. Día hábil: Son días laborables bancarios todos los días del año, excepto sábados y domingos, festivos, sean de ámbito nacional, autonómico o local, y los restantes días en los que, atendiendo al calendario laboral de la entidad en la localidad de que se trate, aquélla carezca de actividad.
b. Servicio de envío de dinero: Servicio de pago que permite bien recibir fondos de un ordenante sin que se cree ninguna cuenta de pago a nombre del ordenante o del beneficiario, con el único fin de transferir una cantidad equivalente a un beneficiario o a otro proveedor de servicios de pago que actúe por cuenta del beneficiario, o bien recibir fondos por cuenta del beneficiario y ponerlos a disposición de éste.
c. Usuario de servicios de pago: Persona física que haga uso de un servicio de pago, ya sea como ordenante, como beneficiario o ambos.
d. Ordenante: Persona física que dicta una orden de envío de dinero. Es el cliente de Payment Kit.
e. Beneficiario/Titular: Persona física o jurídica que sea el destinatario previsto de los fondos que hayan sido objeto de la operación de envío de dinero. En el caso de operaciones de envío de dinero que tengan como finalidad la recarga bien de tarjetas regalo (“Giftcards”) MULTIMAX o CLX, o bien de Tarjetas Omega, los beneficiarios de las órdenes de envío de dinero serán estas entidades.
f. Entidad corresponsal: Entidad con la que PAYMENT KIT tiene un acuerdo de corresponsalía para el abono de los fondos al beneficiario en el país de destino
11.2 COMUNICACIÓN A LOS USUARIOS DE SERVICIOS DE PAGO DE LA INFORMACIÓN CONTENIDA EN ESTE DOCUMENTO
El presente documento se encontrará a disposición de todos los clientes en las oficinas
abiertas al público de PAYMENT KIT, sí como en la página web de la PAYMENT KIT
(www.tsgpagos.com). No obstante, el cliente tendrá derecho a recibir previamente y en
cualquier momento esta información en soporte papel, previa solicitud expresa a
PAYMENT KIT.
Asimismo, si la transmisión de información o notificaciones se efectuara por medios
telemáticos, se informará al cliente previamente de los requisitos técnicos aplicables al
equipo y a los programas informáticos. PAYMENT KIT facilitará al Titular toda la
información legalmente exigible en castellano.
PAYMENT KIT dispone de un procedimiento seguro de notificación al cliente para el
supuesto de que existan sospechas de fraude, fraude real o amenazas de seguridad
vinculados al servicio de pago.
En caso de que PAYMENT KIT notifique una anomalía o contingencia relacionadas
con asuntos de seguridad, lo notificará al cliente de manera inmediata, a la dirección de
contacto o al número de teléfono que el cliente haya proporcionado.
En el supuesto de que el cliente percibiera riesgos de seguridad, o necesite solicitar o
notificar cualquier anomalía o problema relacionado con cuestiones de seguridad,
deberá notificarlo a la mayor brevedad a PAYMENT KIT a la siguiente dirección:
atc@tsgpagos.com
PAYMENT KIT proporcionará asistencia técnica al cliente ante cualquier solicitud o
notificación de anomalías o problemas relacionados con cuestiones de seguridad o para
minimizar las consecuencias de los riesgos existentes.
PAYMNET KIT podrá rechazar la ejecución de las órdenes e instrucciones recibidas
por medios no habilitados por PAYMENT KIT para la operativa habitual o aquéllas que
no hayan sido validadas con los elementos de seguridad correspondientes. Dicho
rechazo no supondrá en ningún caso la asunción de responsabilidad alguna por parte de
PAYMENT KIT.
El cliente tiene la obligación de adoptar las medidas de seguridad pertinentes en relación
con las claves de acceso facilitadas por PAYMENT KIT. En concreto:
• Cambiar con regularidad las claves de acceso.
• No enviar nunca por correo electrónico ni mensaje las claves de acceso, ni
compartirlas en redes sociales.
• Desconfiar de correos y mensajes que no provengan de una fuente legítima.
• No facilitar datos confidenciales.
• Notificar de manera inmediata a PAYMENT KIT cualquier sospecha o duda en
relación con las claves de acceso.
En cumplimiento del Real Decreto-ley 19/2018, de 23 de noviembre, de servicios de
pago y otras medidas urgentes en materia financiera, PAYMENT KIT garantiza que los
fondos recibidos de los clientes para la ejecución de las órdenes de envío de dinero se
encuentran salvaguardados de conformidad con las medidas previstas en el artículo 21
del citado Real Decreto-ley y en el artículo 16 del Real Decreto 736/2019, de 20 de
diciembre, de régimen jurídico de los servicios de pago y de las entidades de pago.
A tal fin, no se mezclarán en ningún momento dichos fondos con los fondos de ninguna
otra persona física o jurídica que no sea cliente de la compañía.
Asimismo, en el caso de que al final del día hábil siguiente al día en el que PAYMENT
KIT recibió los fondos del cliente, éstos no se hayan abonado al beneficiario o, en su caso, transferido
al corresponsal, quedarán depositados en una de las cuentas bancarias
separadas de PAYMENT KIT o en una entidad crédito domiciliada en Estados
miembros de la Unión Europea.
El cliente de PAYMENT KIT gozará del derecho de separación sobre la citada cuenta
bancaria separada, de conformidad con la normativa concursal, como beneficiario de
los servicios de pago prestados por PAYMENT KIT, con respecto a posibles
reclamaciones de otros acreedores de la entidad, en particular en caso de insolvencia.
12. NORMATIVA DE TRANSPARENCIA Y PROTECCIÓN DE LOS CLIENTES
- Real Decreto-ley 19/2018, de 23 de noviembre, de servicios de pago y otras
medidas urgentes en materia financiera.
- Real Decreto 736/2019, de 20 de diciembre, de régimen jurídico de los servicios de
pago y de las entidades de pago.
- Orden ECE/1263/2019, de 26 de diciembre, sobre transparencia de las condiciones
y requisitos de información aplicables a los servicios de pago y por la que se
modifica la Orden ECO/734/2004, de 11 de marzo, sobre los departamentos y
servicios de atención al cliente y el defensor del cliente de las entidades financieras,
y la Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre, de transparencia y protección del
cliente de servicios bancarios.
- Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre, de transparencia y protección del cliente
de servicios bancarios.
- Orden EHA/1718/2010, de 11 de junio, de regulación y control de la publicidad de
los servicios y productos bancarios.
- Orden ECO/734/2004, de 11 de marzo, sobre los departamentos y servicios de
atención al cliente y el defensor del cliente de las entidades financieras.
- Circular 5/2012, de 27 de junio, del Banco de España, a entidades de crédito y
proveedores de servicios de pago, sobre transparencia de los servicios bancarios y
responsabilidad en la concesión de préstamos.
- Circular 4/2020, de 26 de junio, del Banco de España, sobre publicidad de los
productos y servicios bancarios.
- Ley 7/1998, de 13 de abril, sobre las Condiciones Generales de Contratación.
- Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el
Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y
Usuarios y otras leyes complementarias.
- Ley 22/2007, de 11 julio de Comercialización a Distancia de Servicios Financieros.